Conoce los nuevos cambios de Factura Electrónica para el 1 de agosto 2020

Quienes deberán adoptar estos cambios?
Todos los contribuyentes que hayan adquirido un software para emisión de facturas electrónicas ya sea con un Proveedor Tecnológico (PT) o Software de Terceros (Por tu Propios Medios), están obligados a la adopción de los nuevos cambios publicados en el Anexo Técnico de Factura Electrnica publicado el 5 de Mayo del 2020.
Existe un tiempo límite?
Desde el 5 de Mayo del 2020 que se hizo público el nuevo Anexo Técnico de Facturación Electrónica se hizo del conocimiento para todos los PTs y Software de Terceros que existirían ciertos cambios específicos que deberán adoptarse a más tardar el 1 de Agosto del 2020.
Qué sucede si no adoptó estos cambios el 1 de Agosto del 2020?
Todos los documentos electrónicos tanto Factura Electrónicos, Nota de Crédito, Nota de Débito y Eventos de Aceptacion o Rechazo, que no cumplar con los nuevos cambios para el 1 de agosto del 2020 se verán afectados por el Rechazo de la autoridad tributaria (DIAN).
Por lo tanto es recomendable que presiones a tu PT o Software de Tercero por la incorporación de los nuevos cambios para Facturación Electrónica, ya que es responsabilidad de ellos mismos proveerte tanto la información necesaria, notificación sobre los cambios y cualquier respuesta de carácter técnico y legal en el tema de factura electrónica.
Cuales son los cambios para el 1 de Agosto del 2020
Los cambios que afectan a la emisión de factura electrónica y de no ser adoptados a tiempo por tu PT o Software de Tercero, afectara a tu proceso de emisión de facturas electrónicas, por ello mismo es importante conozcas los cambios que afectarán a tus facturas:
- Los Tipos de Documento cambiaran, antes existía un catálogo de 12 (doce) identificadores para los tipos de documentos electrónica, ahora solo existirán 3 (tres). Ver Anexo Tecnico v1.7-2020, Pag. 259, 6.1.5.1
- Los Tipos de Operación de Salud entrarán en vigencia en cuanto el Ministerio de Salud informe a todos los actores regulados por ellos.
- Se inicia el servicio de Factoring para todos los aquellos no obligados a facturar y que por exigencia de sus contratantes exijan una factura electrónica.
- Las Responsabilidades Fiscales cambian, antes existía un catálogo de más de 30 (treinta elementos, y ahora solo existirán 5 (cinco) tipos. Ver Anexo Técnico v1.7-2020, Pag. 261, 6.2.7
- Reglas que antes adjudicaban notificación, ahora serán rechazo: FAK61?, FAK62, FAM02a, FAM02b, VLR01
- Los Prefijos o Serie de una factura son obligatorios, en caso de una usarse las facturas electrónicas marcan una notificación por ausencia de este mismo. Anexo v1.7-2020, Pag. 14
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