Si aún no te decides con quién y cómo empezar a emitir facturas electrónicas y cumplir tu responsabilidad tributario, o simplemente te siente tranquilo porque la DIAN ofrece una plataforma gratuita que “de entrada” podría salvar tu negocio, pues déjame decirte que por un lado tienes razón, ya que la DIAN si proporciona un plataforma gratuita, pero esta no necesariamente tiene que estar funcionando al 100% ya que es una plataforma independiente a los servicios de la DIAN, vaya, explicado de otra forma, la plataforma que ofrecerá gratuitamente la DIAN no es administrada por ellos y por lo cual cabe la posibilidad que se caiga y esto te traerá complicaciones.

Las ventajas que te ofrece facturar electrónicamente con un Proveedor de Software de Terceros, un Proveedor Tecnológico o tu Propio ERP, es que son plataformas dedicadas y pensadas en satisfacer una única necesidad “el cumplimiento de la obligación tributaria en la emisión de facturas electrónicas”, por tal razón es de esperarse (ojo!, no todos piensan así…) que exista la opción de “guardar” la factura mientras el sistema de la DIAN se restablece.

Por lo cual para empezar a Facturar Electrónicamente y evitar sanciones en la DIAN, se aconseja por lo menos tomar ventaja y tiempo prudente a los siguientes 3 puntos importantes para evitar retrasos en la emisión de facturas electrónicas:

  1. Deberás realizar el registro en el Catálogo de Participantes para que la DIAN te libere un ambiente de Pruebas (llamado también Habilitación).
  2. Realiza tu procedimiento de Habilitación (pruebas), de forma oportunidad y precisa, solo tienes hasta 200 intentos, caso contrario tendrás que reiniciar el registro.
  3. Una vez cursadas las pruebas de Habilitación, tocará esperar a que la DIAN actualice tu RUT por Oficio para que quedes activo en el Catálogo de Participantes en Producción

Dejame decirte que empresas como esta pueden ayudarte y brindarte el soporte necesario durante y en todo el proceso de Habilitación, así como también un dato que no mencione ya que asumimos estas enterado (gracias a este blog!), es sobre tu Firma Electrónica de la cual ya dedicamos esta publicación (…por si quieres estar más informado…) y que también esta empresa puede apoyarte.

Por último mencionar que el Punto 3 puede demorarse desde 3 díashasta un mes, por lo cual no tendras opcion mas que esperar a la DIAN que actualice tu RUT, por lo cual te veras afectado en tu proceso de cumplimiento, y si la DIAN llegase a emitir una revisión o sanción en automático, no podrás hacer nada ya que es responsabilidad del Tributario haberse preparado con tiempo.

Si esta publicación te ha servido compártela con tus amigos y recuerda suscribirte a nuestro boletín para que estés informado al momento que coloquemos un nuevo tema.