Los cambios en materia de Factura Electrónica están revolucionando la forma de hacer negocios, haciéndote más eficiente, dinámico y descentralizado, pero el reto es muy grande y “casi” en menos de 12 meses la Facturación Electrónica ha cambiado en muchos aspectos. Hasta el momento el 99% de los contribuyentes colombianos que optaron por Facturar Electrónicamente de forma Voluntaria están bajo el esquema de Factura Electrónica sin Validación previa o también conocida como Factura Version 1 (uno).
En Enero 2019 inició la actualización del estándar de la Factura Electrónica y esto se reflejo en el nuevo esquema que por nombre tiene Facturación Electrónica Con Validación Previa o también conocida como Factura Versión 2 (dos), te comentamos que de ambos esquemas Version 1 y 2, ya hemos hablado bastante en esta publicación. Pero en este “ajedrez de los negocios” también entra a escena una modalidad de trabajo que nos permitirá tener éxito o fracasar en la adopción de la factura electrónica, y es “Como o por medio de Quien voy a facturar?”, para lo cual la DIAN idea dos modelos: Facturador Electrónico (FE) Directo (por mis propios medios) y Proveedor Tecnologico, del cual no nos extenderemos ya que puedes leer esta publicación.
Pero a todo esto es importante mencionar que de nada sirve si no tienes tu RUT en las condiciones necesarias para hacer tu migración al esquema de Facturación que se acople a tu Actividad Comercial, ni tampoco ejecutar la migración como FE o PT si tu RUT no cumple con las responsabilidades necesarias. Tu RUT debe tener por lo menos 2 (dos) responsabilidades que son:
Para FE (Facturador Electrónico directo).
- 37. Obligado a facturar electrónicamente
- 38. Facturación electrónica voluntaria
Para PT (Proveedor Tecnológico).
- Los anteriores de FE.
- 39. Proveedor Tecnológico
Hay obligaciones como la 37 que son agregadas por oficio por la DIAN cuando la Persona Natural o Jurídica fue seleccionada, o bien cuando se inició tu Ejercicio de Adopción de Factura Electrónica indicada en este calendario. Las que si no podrás obtener por oficio, a menos que hayas realizado tu proceso de Habilitación para Factura Electrónica es la responsabilidad 38, para lo cual y obtengas mayor información te recomendamos leer esta publicación.
Te recomendamos acercarte a algún Proveedor Tecnológico o bien, alguna empresa de Factura Electrónica con servicios activos en Colombia para disipar cualquier duda que tengas, y poder continuar tu proceso de adopción de Factura Electrónica en tiempo y forma.